Exención del impuesto de sellos en las transferencias de dominio con causa, en un leasing
La ley 6561 de la CABA incorpora el inciso 75 al art. 364 del Código Fiscal 2022, que establece la exención para el impuesto de sellos en transferencias de dominio con causa en un leasing, cuando se cumplan las siguientes condiciones:
“75. Las transferencias de dominio y contratos de compraventa entre el dador de un leasing y el tomador de bienes muebles registrables e inmuebles, siempre que el dador haya sido uno de los sujetos establecidos en el artículo 2º del Decreto Nacional N° 1038/00, y éste haya abonado el impuesto al momento de realizar la transferencia de dominio a su nombre y luego trasladado al tomador como gasto de la operación.
Esta exención no regirá para los casos detallados en la norma.