Instructivo enviado por ARBA
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha enviado a nuestro Colegio un instructivo para la realización de trámites que puede realizar el escribano para desvincular las partidas inmobiliarias del Impuesto Inmobiliario Complementario de un desarrollo inmobiliario en dónde ya se haya entregado la posesión a los adquirentes por boleto o similar.
El Colegio recuerda la vigencia de las resoluciones normativas 16 y 17/22 de ARBA, referidas a la registración en las bases de datos de ese organismo de los fideicomisos en su calidad de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y de los administradores fiduciarios como responsables del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los primeros (Res. Nor. 16/22); y a la reglamentación de la modificación de responsabilidad tributaria a partir de las previsiones del art. 169 bis del Código Fiscal, modificado por la Ley Impositiva 2022, aun cuando la adquisición de la posesión se hubiera producido con anterioridad a dicha fecha (Res. Nor. 17/22).
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