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Fallo sobre nulidad de una notificación

Círculo de Inversores S.A. de Ahorro p/f Determinados y otro c. P., N. M. s/ordinario – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala C. Fecha:07-12-2021 

Sumario elaborado por la Esc. Angélica G. Vitale

En este fallo la Sala C de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial expresa que se debe decretar la nulidad de una notificación debido a que el oficial notificador no cumplió el rito, establecido por el Régimen de Notificaciones, de pegar la notificación en la puerta de acceso de la casa, dejándola -en cambio- en el buzón del domicilio.

En el contexto de nuestro Código Procesal se protege el derecho de la defensa en juicio y si existen dudas sobre la regularidad del acto de notificación debe decretarse su nulidad para cumplir con las garantías constitucionales.

En mayor razón por ser notificación con traslado de la demanda, ya que con rigor vuelve a repetirse la garantía constitucional de la defensa en juicio.

En este caso se hace hincapié en el significado de la notificación del traslado de la demanda para que no quede violado el principio de bilateralidad, porque se hayan incumplido recaudos legales y eso impida que se escuchen los reclamos y/o los derechos del demandado.

El fallo sostiene que la notificación bajo responsabilidad de la parte actora debe ser aceptada como excepción.

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