DNRPA, Normativa

DNRPA: Disposición 79/22

Modificación del Digesto de Normas Técnico Registrales

La Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 79/22, mediante la cual se sustituye el texto del artículo 2°, Sección 6ª, Capítulo XVIII, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales por el que se indica a continuación:

“Artículo 2°: La obligación indicada en el artículo precedente alcanza a las transferencias de automotores y motovehículos usados, cuando el precio de transferencia, resulte igual o superior a PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000).

A ese efecto, deberá considerarse el precio de venta consignado en la respectiva Solicitud Tipo o, de existir, el valor que surge de la tabla de valuaciones utilizada por los Registros Seccionales para el cálculo de los aranceles vigente a la fecha de obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el que resultare mayor.”

La presente resolución entra en vigencia desde el 1° de mayo de 2022.

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