Sumario elaborado por la Esc. Angélica Vitale.
El fallo comentado concluye que la normativa vigente permite solicitar la postergación de la partición y, en consecuencia, puede solicitarse la partición parcial y anticipada de bienes en un proceso de liquidación de la sociedad conyugal, siempre que sobre los mismos no se haya suscitado discusión alguna.