Procedimiento. Trámites, gestiones y/o comunicaciones electrónicas.
La AFIP ha publicado la Resolución General 5126/21, mediante la cual se resuelve que los trámites, gestiones y/o comunicaciones electrónicas con carácter de declaración jurada que los contribuyentes y responsables realicen en el ámbito del organismo, se canalizarán a través del servicio “Presentaciones Digitales”, cuyas características, funciones y aspectos técnicos se especifican en el micrositio “Presentaciones Digitales” (https://www.afip.gob.ar/Presentaciones-Digitales) del sitio “web” institucional.
Quedan excluidas las presentaciones que correspondan efectuarse a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) o del Sistema Informático MALVINA (SIM).
La obligatoriedad de uso del servicio “Presentaciones Digitales” será progresiva y resultará de aplicación para los trámites detallados en el citado micrositio.