Gestiones del Colegio ante los organismos de aplicación.
Se recuerda a los colegas que la Ley 6437 referida al Catastro de la Ciudad de Buenos Aires entrará a regir a partir del 1 de enero de 2022, de acuerdo a su artículo 66.
No obstante, en virtud de conversaciones y encuentros mantenidos con la Dirección General de Registro de Obras y Catastro de la Ciudad, la AGIP y el Colegio de Agrimensores, en relación al dictado de la reglamentación técnica de la Constitución Verificación y Subsistencia del Estado Parcelario conforme lo dispuesto por dicha norma, siendo una regulación de tanta importancia para nuestra actividad, se ha consensuado con las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires postergar temporalmente la implementación de este requisito impuesto por dicha ley .
El Colegio continuará participando activamente en el dictado de la reglamentación que regulará su aplicación, procurando asegurar que no se ocasionen demoras en el otorgamiento de las escrituras, a la vez que se asegure –previa a la entrada en vigencia- tiempo suficiente para lograr una adecuada capacitación de los colegas.