Valores de las contribuciones especiales de la Ley 17.050, a partir del 21 de octubre.
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 10/21 mediante la cual se establecen los valores de las contribuciones especiales de la Ley 17.050, indicadas en el cuadro tarifario del Anexo I, que comenzarán a regir a partir del día 21 de octubre de 2021.
Asimismo la norma establece que, si además de un acto principal, se rogara uno o más actos dentro de los indicados en el listado del Anexo II, ese “otro acto” abonará la mitad del valor de la correspondiente contribución ley 17050.
El listado del Anexo II es el siguiente:
- Aclaratoria
- Auto de Identidad
- Cancelación de Derecho Real
- Derecho de reversión
- Levantamiento de inembargabilidad
- Levantamiento de medidas cautelares
- Liberación de hipoteca
- Manifestación de Bien Propio