Firmas electrónicas de jueces y secretarios.
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó en el Boletín Oficial un aviso a través del cual comunica, en relación con la Disposición 5/21, que las firmas electrónicas que actualmente utilizan los jueces y secretarios pertenecientes a la Justicia Nacional y Federal resultan válidas a los fines de la presentación y registración de medidas cautelares y otras inscripciones, ello en los términos del art. 2 de la Ley 17801 y normativa aplicable.