Rectificación de asientos y afectación a vivienda.
El Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal publicó la Disposición 6/21, que establece que, en los supuestos previstos en los artículos 77, segundo párrafo, y 153 del Decreto 2080/80 (t.o. Decreto 466/99), la constancia de lo actuado podrá ser suplida mediante nota que será insertada por el autorizante del documento, circunstancia que deberá resultar de la copia del documento traído a registración y del pertinente formulario de inscripción.