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RPI: Disposición 5/21 

Presentación digital de los documentos del art. 2 Ley 17801. OPTATIVO.

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 5/21, que establece que, a partir del 9 de agosto de 2021, los documentos comprendidos en el art. 2º de la Ley 17801 podrán presentarse de manera digital.

Este nuevo sistema es optativo.

Para  la inscripción o anotación del documento digital, tanto el formulario de solicitud como el instrumento presentado a registración deberán encontrarse suscriptos mediante firma digital (art. 288 CCyC y de conformidad con la Ley 25506).

El instrumento presentado a registración podrá consistir en: a) la primera o ulterior copia de la escritura matriz, sea que dicha copia fuere expedida mediante actuación notarial digital o concuerda digital, b) el testimonio u oficio judicial con firma digital del juez y/o secretario del juzgado, o c) instrumento administrativo con firma digital del funcionario autorizante.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 5/21

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