Impuesto a las ganancias, bienes personales y cedular período 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas: plazos especiales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5019/21, que establece las nuevas fechas hasta las cuales podrán cumplirse –con carácter de excepción– las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, cuyos vencimientos operan durante el mes de julio de 2021, y del impuesto cedular correspondientes al período fiscal 2020.
Asimismo, la norma establece las fechas hasta las cuales podrán cumplirse –con carácter de excepción– las obligaciones de ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2021 cuyos vencimientos operan durante el mes de agosto de 2021.
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