Asociaciones civiles: reuniones a distancia, votación nominal a distancia y por correspondencia en procesos electorales.
La Inspección General de Justicia publicó la Resolución general 6/21, que establece que todas las asociaciones civiles que, con motivo de las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, no puedan realizar las reuniones sociales en forma presencial podrán realizarlas mediante la modalidad a distancia. A tal efecto, la normativa habilita, entre otras cosas, la votación nominal para las reuniones sociales –incluso procesos electorales– a distancia. Más detalles, en el interior de la norma.