Asambleas a distancia en cooperativas y mutuales.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha publicado la Resolución 485/21, que autoriza a los órganos de gobierno de entidades cooperativas y mutuales a realizar reuniones a distancia siempre que cumplan los recaudos mínimos que establece la norma. Asimismo, dispone sobre la vigencia y renovación de mandatos de los cargos de los órganos de dirección y fiscalización.