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AFIP: Resolución General 4893/20

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado diciembre de 2020.

Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4893/20, mediante la cual se establece que los sujetos que se hubieran registrado en el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, dentro del plazo previsto en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.881, y que resulten susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” previsto en el inciso e) del artículo 2º del Decreto 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios devengados durante el mes de diciembre de 2020, serán caracterizados en el “Sistema Registral” según la tasa de interés a la que accedan, con el código que corresponda de acuerdo al detalle indicado en el texto de la norma.

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