Se exceptúa de la suspensión del curso de los plazos administrativos para los trámites de inspección y/o verificación institucional iniciados de oficio o por denuncia a las personas jurídicas comprendidas dentro del marco regulatorio de las leyes 20.337 y 20.321.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) ha publicado la Resolución 1035/20, mediante la cual dispone exceptuar de la suspensión del curso de los plazos administrativos establecida por el Decreto 298/20, y prorrogada por los Decretos 327/20, 372/20, 410/20 y 458/20, a los trámites de inspección y/o verificación institucional iniciados de oficio o por denuncia a las personas jurídicas comprendidas dentro del marco regulatorio de las leyes 20.337 y 20.321
Durante todo el período en que se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria ordenada mediante el DNU 297/2020 y normas sucesivas del Poder Ejecutivo Nacional, las entidades podrán ser fiscalizadas mediante reuniones de inspección y/o verificación institucional a celebrarse bajo modalidad a distancia a los fines de controlar el cumplimiento de los requerimientos que le fueran efectuados y de suministrar información requerida en ejercicio de acciones de control y verificación institucional.