Excepciones al ASPO y a la prohibición de circular.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha publicado el Decreto 366/20, mediante el cual se establece que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se exceptúan del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las siguientes actividades:
- academias de conductores,
- desarrollo de producciones audiovisuales, rodajes y grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales,
- desarrollo de actividades recreativas y reuniones sociales al aire libre en clubes o establecimientos deportivos públicos y privados, así como a aquellas afectadas al desarrollo de entrenamientos grupales al aire libre sin contacto y sin compartir elementos, en espacios públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados, en los términos de las Decisiones Administrativas Nros. 1876-JGM-PEN/20, 1881- JGM-PEN/20 y 1883-JGM-PEN/20, respectivamente.