Prórroga de permisos de viaje y visados consulares.
La Dirección Nacional de Migraciones ha publicado la Disposición 3323/20, mediante la cual se prorroga:
- por el plazo de treinta (30) días corridos, en todos sus términos, la vigencia de la Disposición DI-2020-1714-APN-DNM#MI.
- por el plazo de treinta (30) días, la vigencia de todos aquellos permisos de ingreso otorgados en los términos de los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 25.871, cuyo plazo para realizar el trámite de visado contemplado en los artículos 4°, 5° y 6° del Anexo II al Decreto 616/2010 hubiera vencido entre el 17 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente medida.
- por el plazo de treinta (30) días corridos, la vigencia de todos aquellos visados consulares otorgados en los términos de los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 25.871, con excepción del artículo 24 inciso a) subcategoría turista, cuyo plazo para ingresar al país hubiera vencido entre el 17 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente medida, sin que se hubiera perfeccionado el mismo.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 3323/20