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INAES: Resolución 583/20 

Aclaraciones respecto de la Resolución INAES 358/20.

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha publicado la Resolución 583/20, mediante la cual se disponen  las siguientes aclaraciones respecto de los términos utilizados en la Resolución INAES 358/20 referida a las asambleas a distancia: 

– No resulta indispensable la manifestación sobre el lugar donde se encontrará el asistente. 

– Será obligatoria la comunicación al INAES para que designe un veedor. Sin perjuicio de ello, la ausencia de designación de veedor por parte del organismo no importará la nulidad del acto.

– La presente resolución podrá aplicarse también a las Asambleas constitutivas de Mutuales y Cooperativas.

 

Haga clic aquí para acceder a la Res. 583/20

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