Se informa a los colegas el detalle de los trámites que, en la actualidad, se encuentra realizando en forma remota la delegación de AGIP que funciona en nuestro Colegio, a cargo de la Dra Ana Latella. La asesora recibe las consultas y la documentación para realizar los trámites por mail. Con el fin de garantizar la recepción de las mismas, los escribanos deberán enviarlas a las dos direcciones de mail:
alatella@agip.gov.ar / Obligatoriamente
alatella@colegio-escribanos.org.ar./ opcional
Trámites Remotos
1) Consultas Impuesto Inmobiliario
2) Consultas Impuesto de Sellos
3) Solicitud baja de exención: jubilados y/o personas con necesidades especiales.
Documentación:
a) por fallecimiento:
- Nota solicitud de baja de exención, con firma y sello del escribano interviniente.
- DNI del escribano.
- Escritura antecedente.
- Partida de defunción o declaratoria de herederos.
b) por venta
- Nota solicitud de baja de exención con firma y sello del escribano interviniente.
- DNI del escribano.
- Copia simple de la escritura de venta certificada por el escribano interviniente.
4) Solicitud de boletas de avalúo.
5) Solicitud de emisión de boletas ABL.
6) Solicitud de plan de facilidades ABL.
7) Solicitud de cancelación anticipada plan de facilidades.
8) Solicitud de acreditacion pago cuota 99 abonada por transferencia bancaria.
Documentación:
- Nota de solicitud de acreditación de pago con firma y sello del escribano.
- DNI del escribano.
- Boleta cuota 99.
- Comprobante transferencia.
CASO ESPECIAL: EXENTOS:
- El trámite de solicitud de un “F1” siempre debe iniciarse por el Aplicativo F1F3. En el caso de que el titular de la partida fuese un beneficiario exento, el aplicativo rechazará el trámite y deberá continuarse de forma manual. El comprobante de rechazo que emitirá el sistema debe conservarse, porque es necesario para adjuntar al trámite.
- El “F1” manual se presenta únicamente en los casos en los que quien transfiere el inmueble sea el titular del beneficio de la exención.
IMPORTANTE: En los casos en que quien transfiera el inmueble sea el cónyuge o el/los herederos del beneficiario de la exención, previamente se debe dar de baja dicha exención. Para ello, se debe enviar un mail a alatella@agip.gov.ar solicitando la baja de la exención y, luego de 24 horas de notificada la baja, podrá solicitar el “F1”, por el Aplicativo-F1F3.
En el caso de solicitarse el “F1” manual (únicamente si el transmitente es el beneficiario exento), el procedimiento es el siguiente:
- Se debe presentar para su timbrado en el sector de cajas del Colegio (1º EP Av. Las Heras 1833) el formulario completo con los datos del inmueble, informando una dirección de mail y adjuntando el rechazo del aplicativo “F1F3”.
- A la dirección de mail informada por el escribano, le será enviada la deuda de la partida solicitada, juntamente con el “F1” que el escribano entregó en el Colegio de Escribanos.
En cuanto a la presentación del “F3” manual (cambio de titularidad),el procedimiento es el siguiente:
Se debe presentar, a través de la página www.agip.gov.ar. En el Buscador de trámites de la página web de AGIP, deberá escribir “Actualización de datos del titular” (correspondiente a “Inmobiliario”); una vez dentro del trámite, deberá indicar la CUIT y el mail del escribano, y adjuntar el F3 escaneado (donde solicita DNI y escritura: solo F3 escaneado); luego, deberá “aceptar las condiciones” y el sistema le generará un ticket; y finalmente deberá confirmar el mail.