Compensación de saldos acreedores con saldos deudores correspondientes a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa 52/20, mediante la cual se establece que los sujetos que revistan o hubieran revestido el carácter de contribuyentes o responsables podrán requerir la compensación de saldos acreedores con saldos deudores, correspondientes a los Impuestos Inmobiliario –en su Componentes Básico y Complementario–; a los Automotores –en lo que concierne a vehículos automotores y a embarcaciones deportivas o de recreación–; sobre los Ingresos Brutos –como contribuyente local o sujeto al régimen del Convenio Multilateral, o agente de recaudación–, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución Normativa.
Lo dispuesto en el párrafo anterior también resultará aplicable a los sujetos que revistan o hubieran revestido el carácter de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, – excepto los encargados de Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y los Escribanos Públicos–, cuando se trate de saldos acreedores y deudores derivados de su actuación en tal carácter.