Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. “MiPyMES” y entidades civiles sin fines de lucro.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4784/20, que adecua la Resolución General 4667 y sus modificatorias a lo dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia 634/20.
Recordamos que la Resolución 4667/20 dispuso los requisitos para que los contribuyentes y responsables puedan acceder al régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. “MiPyMES” y entidades civiles sin fines de lucro.
Asimismo, el DNU 634/20 prorrogó, hasta el día 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para el acogimiento al referido régimen, y dispuso un vencimiento especial para la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre los días 1 y 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.