Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago.
La AFIP ha publicado la Res. Gral. 4782/20, mediante la cual se resuelve:
- Sustituir en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.687 y sus modificatorias, la expresión “…1 de julio de 2020…”, por la expresión “…1 de agosto de 2020…”.
- Sustituir en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.687 y sus modificatorias, la expresión “…de los períodos marzo, abril, mayo y junio de 2020…”, por la expresión “…de los períodos marzo, abril, mayo, junio y julio de 2020…”.