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GCBA: Decreto 253/20

Se extiende hasta el 31 de agosto el plazo de suspensión para la solicitud judicial de traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales.

Se informa a los señores escribanos que fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 253/20, por el cual se extiende, hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive, el plazo para que el Gobierno de la CABA (Art. 11 – Ley 6.301), a través de los organismos competentes, solicite judicialmente la traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales (embargos e inhibiciones generales de bienes), tendientes a asegurar el cobro efectivo de los tributos y/o honorarios adeudados tanto en procesos iniciados como a iniciar, salvo inminente prescripción de la sentencia.

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