Nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 897/20, que dispone que los certificados vigentes para circular denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” caducan a las 00:00 horas del día 30 de mayo de 2020, debiendo sus titulares proceder a tramitarlo nuevamente.
Para ello, deberán ingresar el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.
Las personas que fueron exceptuadas de tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID 19”, aprobado por la Resolución del Ministerio del Interior 48/20, a través de la Decisión Administrativa 446/20 y concordantes, deberán tramitarlo a los efectos de su circulación en el sitio web mencionado anteriormente.
Importante: A partir de la publicación de la DA 897/20, se advierte a los colegas que los requirentes deberán no sólo llevar la constancia del turno del servicio profesional a recibir (artículo 4 de la DA 763/20), sino también tramitar un permiso especial de tránsito por 48 horas para situaciones puntuales (conforme el art 2, que anula las excepciones que regían para tramitar el CUHC, según art 2 de DA 446/20).