Reanudación del cómputo de los plazos registrales a partir del 11 de mayo
Dictamen del Asesor Jurídico-Notarial e informe del Instituto de Derecho Registral
Se recuerda a los colegas que la Orden de Servicio 43/20 del RPI de Capital Federal, dispone, a partir del 11 de mayo, entre otras cosas:
- La reanudación de la atención al público en su sede central para el ingreso de informes, certificados y documentos en forma presencial, entre las 8:30 y las 13:00 h, mediante un sistema de turno previo vía web y guardias mínimas.
- La reanudación del cómputo de los plazos registrales para la registración de documentos, el trámite de recursos y el cómputo del plazo de eficacia de las certificaciones previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 17.801.
- La recepción de certificados web, instando a los solicitantes a que utilicen esta modalidad.
Teniendo en cuenta para el notariado la importancia de estas medidas durante el período de aislamiento, el asesor Jurídico-notarial del Colegio, Esc Ángel F. Cerávolo, quien tiene también a su cargo la asesoría del RPI de Capital Federal, ha elaborado un informe en el cual se analiza la actuación notarial a partir del texto de la Orden de Servicio 43/20.
Haga clic aquí para el Dictamen del Asesor
A su vez, el Instituto de Derecho Registral ha elaborado un informe, en el cual se explica en detalle el modo de contar los plazos registrales, a partir de su reanudación, conforme la norma.
Haga clic aquí para ver el informe del Instituto de Derecho Registral