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AFIP: Resolución General 4700/20

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la Resolución General 4700/20, mediante la cual se acuerda con carácter excepcional- un plazo adicional de NOVENTA (90) días corridos que se sumará al establecido en el artículo 4° de la Resolución General 2513, para el cumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos a) y b) de su artículo 2°, a los contribuyentes y responsables que deban efectuar la comunicación de la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones, establecida en el artículo 80 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y su modificación.

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