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Banco Central de la República Argentina (BCRA): Comunicación “A” 6893/20

El Banco Central de la República Argentina ha publicado la Comunicación “A” 6893/20, mediante la cual se dispone que –conforme a lo establecido en la Ley 27.541 y sus decretos reglamentarios– el monto proveniente de la repatriación de activos financieros situados en el exterior deberá ser acreditado en cuentas que las entidades financieras habiliten a ese único fin, denominadas “Caja de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541”.

Haga clic aquí para acceder a la comunicación del BCRA

 

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