Se informa a los colegas que se ha publicado en el Boletín Oficial del día de hoy, martes 7 de enero, la Resolución General 4659/20.
Cabe destacar que en su artículo 3 se establece, entre otros puntos, que no quedarán sujetas a percepción las operaciones con destino específico vinculadas al pago de obligaciones, de conformidad con las pautas establecidas por el Banco Central de la República Argentina en la normativa aplicable a la materia.
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