El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha publicado la Resolución 323/19, mediante la cual se sustituye el texto del Arancel 14) del Anexo I de la Resolución MJyDH 314/02 y sus modificatorias, que establecen los aranceles que perciben los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor:
“ARANCEL Nº 14) S/corresponda.- Para el supuesto de la mora prevista en el Título I, Capítulo I, Sección 1ª, artículo 9° del Digesto de Normas Técnico-Registrales, a partir del vencimiento del plazo de NOVENTA (90) días hábiles administrativos, se establece el recargo de un arancel adicional equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del arancel de transferencia percibido, por cada año o fracción posterior al día de vencimiento, hasta un máximo de cinco aranceles adicionales.”