La DNRPA ha publicado la Disposición 47/19 mediante la cual se establece que, a partir del 1º de marzo del corriente, no se será obligatorio consignar el código de identificación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) emitido a través de la AFIP en las Solicitudes Tipo “08”, “08D”, “17” y “15” utilizadas para peticionar los trámites de transferencia.