Ministerio de Justicia y Derechos Humanos | Resolución 923/2018
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha publicado la Resolución 923/18, mediante la cual se fija el 31 de octubre de 2018 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual, establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
Las boletas se encuentran disponibles y se obtienen únicamente desde la página web de la Inspección General de Justicia (www.jus.gob.ar/igj).
La IGJ ha informado que:
- Las sociedades que durante el año 2018 hayan ingresado al control de IGJ provenientes de la CNV, en caso de inconvenientes en la determinación del monto a abonar, podrán consultar en el box 18 de la Mesa de Entradas del organismo, sede central, de 9:30 a 13:30 h sin turno previo. Las sociedades que abonaron durante el mismo año alendario la tasa de constitución quedan exceptuadas de la obligación de pago de la tasa anual.
La boleta deberá obtenerse a través del servicio de emisión de tasas de la página web de IGJ. La misma podrá abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación o en las cajas del organismo. En la sede central el pago puede realizarse con tarjeta de débito o cheque certificado; en tanto que en las sedes de los colegios profesionales también puede abonarse en efectivo (servicio exclusivo para profesionales matriculados).