La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 4/18, mediante la cual se sustituye el inciso 7 del artículo 305 de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“Las sociedades podrán presentar, ante esta Inspección General de Justicia, sus estados contables individuales conforme la Resolución Técnica N° 26 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas -“Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)”-, y sus modificatorias en los términos del artículo 310 de estas Normas.”