Recordamos que se encuentran vigentes las directivas indicadas en la Circular N° 3166 del 27 de octubre de 2005 que prevén que, en el caso de retomar las actividades profesionales antes de finalizado el periodo de licencia informado a este Colegio, deberán notificarlo al Departamento de Secretaria por nota firmada (Mesa de Entradas de Av. Las Heras 1833) o a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV), opción “Reintegro o modificación de licencia” desde donde podrán adjuntar la nota correspondiente.
En caso de no ajustarse al procedimiento indicado, podrían presentarse situaciones equívocas, como algunas que se verificaron en trámites realizados ante los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (Circular N° 3281, 21/7/2011).