El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha publicado en el Boletín Oficial el Decreto Nº 420/17 mediante el cual se modifica el inciso g), del Anexo I, del Decreto Nº 271/14, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Para proceder al estudio y eventual registro, ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro del plano de mensura y subdivisión en propiedad horizontal, en los casos que corresponda, deberá estar suscripta el acta de tercera (3a.) verificación.
Se establece que en los planos que se registren en las condiciones establecidas en el párrafo anterior, deberá dejarse constancia que se encuentra pendiente de realización la cuarta verificación especial y la emisión del Certificado Final de Obra y, por otro lado, que, salvo manifestación expresa en contrario, subsiste la obligación de presentar la declaración jurada de finalización de obra para el propietario y el profesional que solicitó y realizó la subdivisión en propiedad horizontal”.