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Aporte notarial de Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Aclaración

A raíz de numerosas consultas de colegas, se recuerda que, de acuerdo al criterio de la Comisión de Arancel y del Consejo Directivo de nuestro Colegio, el aporte notarial en las escrituras de compraventa para inmuebles situados en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (0,2%) debe ser facturado en su totalidad a cargo del comprador, siendo además un concepto gravado por el IVA para aquellos escribanos que revistan el carácter de responsables inscriptos en este tributo.

Asimismo, se recuerda que el aporte sólo puede facturarse en el caso que el honorario facturado haya sido inferior al 2% (ya que el mismo forma parte del honorario).

 

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