La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Res. Nor. Nº 26/17, mediante la cual se establece que, de acuerdo con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 228 del Código Fiscal -Ley N° 10.397 (T.O. 2011) y sus modificatorias- en los casos de vehículos cuya tenencia se transfiera mediante un contrato de leasing, a los fines de tener por radicados a los mismos en este territorio provincial, el lugar de “uso efectivo” será aquél declarado por el sujeto tomador del bien en el “Formulario 24”, apartado “F” Identificación del Automotor.