El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha remitido a nuestro Colegio la Instrucción de Trabajo 3/2017, de fecha 9 de junio del corriente año, mediante la cual se establece:
“No será motivo de calificación en el instrumento traído a registración, la circunstancia de tratarse de un acto aislado para la sociedad constituida en el extranjero.”
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