El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral Nº 21/16, mediante la cual se establece que a los fines de subsanar la omisión de consignar el carácter propio de los bienes en el acto de adquisición, pueden los cónyuges efectuar una declaración notarial complementaria, siempre que en dicho acto se dé cumplimiento a todos y cada uno de los requisitos a los que hace referencia el art. 466 del CCyC.