Se recuerda a los colegas que la Resolución Nº 92/2016 de la Unidad de Información Financiera (UIF) establece que los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias deberán implementar un sistema de gestión de riesgos acorde al “Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior” (Ley Nº 27.260)
En ese sentido, se hace llegar a los colegas el formulario sugerido por el asesor del Colegio, Dr. Rentería Anchorena, para definir el perfil del cliente, que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial y financiera que haya proporcionado el requirente y que hubiera podido obtener el propio sujeto obligado.
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