Se informa a los colegas que se han habilitado dos nuevos códigos en el Sistema Integrado de Escrituras (SIE), vigentes para las escrituras realizadas desde el 1º de septiembre en el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal.
IMPORTANTE: Les recordamos que los nuevos códigos son aplicables exclusivamente a las transmisiones de dominio que se realicen sólo en los casos en los cuales el sincerante haya exteriorizado “el inmueble” que se encontraba a nombre de sus ascendientes, descendientes o terceros (conforme el artículo 38, inciso d) de la Ley 27.260).
Estos códigos no deben utilizarse para “compraventas” que tengan origen en dinero sincerado, que luego será utilizado en compra de inmuebles, ya que en estos supuestos corresponde abonar Impuesto de Sellos, aportes y derechos de escritura, aplicando los códigos 01 ó 221 (según jurisdicción). Esta operación NO ESTÁ COMPRENDIDA en el “Sinceramiento Fiscal” (Ley 27.260).
Acto: 271 – Transferencia de Inmueble en C.A.B.A. por Sinceramiento Fiscal – Ley 27.260
No paga sellos
Aporte Notarial: 0.002
Derecho de Escritura: 680 (500 + 180)
Campos habilitados: partida, valuación fiscal, vir y monto.
Fecha de vigencia: desde el 01/09/2016
(A partir del 01/10/2016 el derecho será de $ 910 (700 + 210)
Acto: 272 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Transferencia de Inmueble por Sinceramiento Fiscal – Ley 27.260
No paga sellos
Mismo comportamiento que el acto 221-Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Compraventa
Aporte Notarial: 300
Derecho de Escritura: 790 (290 + 500)
Campos habilitados: valuación fiscal, vir y monto.
Fecha de vigencia: desde el 01/09/2016
(A partir del 01/10/2016 el derecho será de $ 1040 (340 + 700)