De acuerdo a lo informado por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), las escrituras de la segunda quincena del mes de agosto, cuya declaración y pago de impuestos -de corresponder- vence el 12 de septiembre, pueden presentarse por el SIESBA o el SIPRESBA, optativamente.
IMPORTANTE: Para las escrituras que se otorguen a partir del 1 de septiembre, la declaración deberá realizarse exclusiva y obligatoriamente a través del nuevo aplicativo SIESBA.