El Colegio se complace en informar que, atento a las gestiones realizadas por nuestra institución y otros Colegios y Consejos Profesionales, la Inspección General de Justicia (IGJ) publicó en el Boletín Oficial del día viernes 29 de abril, la Resolución General 8/16 que modifica el artículo 67 de la Res. Gral. 7/2015 (objeto social único) y deroga el artículo 68 de la misma norma (capital).
En consecuencia, vuelven a permitirse las sociedades con objeto social múltiple, expuesto en forma precisa y determinada y con respecto al capital debe tenerse en cuenta únicamente lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades Comerciales.