Se pone a disposición de los colegas un dictamen elaborado por la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas del Colegio respecto de la observación realizada por la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras a una protocolización de acta de asamblea que decidió la escisión y transferencia parcial del patrimonio de una sociedad anónima a favor de otra, que incluía, como único bien registrable, un inmueble urbano sito en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro.
El dictamen analiza tres aspectos:
- La escisión y los efectos de dicho acto societario en relación con la transferencia de los bienes de la sociedad escindida, la protocolización de la escritura y su inscripción en IGJ y en el Registro de la Propiedad Inmueble.
- La obligatoriedad para el escribano interviniente de solicitar la previa conformidad de Zonas de Frontera, antes de autorizar la escritura de protocolización de actas de escisión.
- El efecto de la autorización extemporánea por parte de Zonas de Frontera con relación al acto.