El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó las Disposiciones Técnico- Registrales 1/2016, 2/2016, 3/2016 y 4/2016.
La DTR 1/2016 deja sin efecto las Disposiciones Técnico Registrales N° 2 del 23 de mayo de 2006 y su ampliatoria N° 2 del 3 de diciembre de 2012, con lo cual en los casos en que las partes actúen por apoderado o representante de personas jurídicas, ya no es necesario consignar en la minuta de inscripción (rubro 17) los datos del poder ni la identificación fiscal del apoderado o representante.
La DTR 2/2016 adecua procedimientos registrales referidos al régimen de propiedad horizontal, en base a las modificaciones introducidas por los artículos 2037 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
La DTR 3/2016 deja sin efecto la Disposición Técnico Registral N° 3/03 y, en consecuencia, no será exigible que los escribanos públicos identifiquen en el formulario rogatorio de trámite de inhibiciones, los datos de la inscripción del inmueble y el acto que autorizarán.
La DTR 4/2016 regula el procedimiento de afectación y desafectación de inmuebles al régimen de protección de la vivienda, establecido en el CCyCN y deroga la DTR 4/2015.
Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/2016
Haga clic aquí para acceder a la DTR 2/2016