El Tribunal de Arbitraje General y Mediación informa a los colegas que el Reglamento del Tribunal de Arbitraje General y Mediación ha sido actualizado, tomando en consideración los cambios requeridos por los diferentes códigos de procedimientos y también los ajustes necesarios a raíz de la puesta en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial.
Dada las enormes ventajas que ofrece este sistema para la resolución de conflictos, se recomienda a los colegas tener presente las modificaciones introducidas por el nuevo reglamento e incluir la cláusula Med-Arb en los nuevos convenios y/o contratos que se celebren. También tener el texto de la cláusula impreso para entregar a las partes al momento de la consulta.
Cláusula Med-Arb:
“Si surgiere un conflicto originado en la interpretación o cumplimiento del presente contrato, las partes acuerdan someterlo a “mediación” o en caso de falta de acuerdo a “arbitraje” a través del “Centro Institucional de Mediación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires” o del “Tribunal de Arbitraje General y Mediación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires”, ambos con domicilio en Av. Las Heras 1833, 6º piso, de la Ciudad de Buenos Aires. Para los casos en que debiera intervenir forzosamente el Poder Judicial, se deberá recurrir a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder. Para todos los casos, se considerarán domicilios especiales constituidos los expresados al comienzo de este contrato respectivamente”.