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Tribunal de Arbitraje General y Mediación

A raíz de numerosas solicitudes recibidas y con el fin de facilitar la participación de todos los interesados, el Tribunal de Arbitraje y Mediación resolvió modificar uno de los días en los que se llevará a cabo el nuevo curso arancelado de 100 h para el acceso a la matrícula de mediador. Por ello, las actividades previstas para los días jueves se realizarán los días viernes, de 9.30 a 13 h en el Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833.

Los horarios y días del curso se detallan a continuación:

Información del curso:

Comienzo: 26 de junio de 2015
Finalización: 6 de agosto de 2015
Cursada: Lunes y viernes de 9.30 a 13 h en el Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833
Sábados 4 de julio; 18 de julio, y 1º de agosto – de 9 a 13 h y de 14.30 a 18.30 h en la Facultad de Derecho de la UBA
Carga horaria:Z 100 h
Costo del curso: $ 3.300 (Se debitarán de la boleta de aportes de la Ley 404).

IMPORTANTE:

-Esta será la última oportunidad para rendir el examen obligatorio ante el Ministerio y obtener la matrícula como mediador, con una carga exclusiva de 100 h.

-De acuerdo a lo establecido por el Ministerio, los cursos no podrán tener un cupo superior a 35 asistentes ni inferior a 10, por lo cual la realización del mismo está supeditada a la cantidad de inscriptos que posea.

-Aquellos escribanos que hubieren completado su capacitación anteriormente y quisieran actualizar sus conocimientos para presentarse a rendir examen, también podrán inscribirse.

Los interesados en realizar esta capacitación, deberán informarlo por correo electrónico enviando su nombre, apellido y matrícula a: mediacion-arbitral@colegio-escribanos.org.ar hasta el miércoles 27 de mayo.

Se recuerda que para ser mediador se deben cumplir los siguientes requisitos: a) tener título de abogado con tres (3) años de antigüedad en la matrícula (en este caso, en el Colegio de Escribanos); b) acreditar la capacitación que exija la reglamentación; c) aprobar un examen de idoneidad; d) contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Mediación; e) cumplir con las demás exigencias que se establezcan reglamentariamente.

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