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Modificaciones en los regímenes previsional y asistencial

En el mes de diciembre de 2014 el Consejo Directivo aprobó cambios en el régimen previsional y asistencial de la Caja Notarial, tendientes a brindar mayor perdurabilidad al sistema, afectado por la difícil coyuntura de trabajo que atraviesa el notariado. Estos cambios están vigentes desde el 1º de enero de 2015.

La implementación de estas medidas no impidió atender las situación puntual de los colegas que a la fecha de entrada en vigencia de la nueva disposición se encontraban en condiciones de acceder al 100 % de la jubilación y también al premio adicional por permanencia. Atento a ello y a los principios de solidaridad que rigen la Caja Notarial, el Consejo Directivo ha resuelto incorporar el artículo transitorio de la resolución 477/14, que establece:

” (…) como norma de excepción y atendiendo la situación especial de los escribanos que al 31/12/2014 estaban en condiciones de acceder al 100% de la jubilación complementaria, de acuerdo con el régimen vigente anterior a la resolución 477/14, se reconoce a los colegas que estuvieren en tal situación, en su haber jubilatorio futuro, el total del adicional por año de retiro (premio por permanencia) que les hubiera correspondido si se hubieran jubilado el 31/12/2014, actualizado a la fecha de su efectiva jubilación. Se establece que sólo podrán acceder a un mayor adicional por año de retiro (premio por permanencia), recién una vez cumplidos el resto de los requisitos establecidos en la resolución 477/14, es decir cuando tengan 35 años de aportes al sistema previsional.
La excepción establecida en el presente artículo no altera las posibles deducciones que puedan afectar el haber jubilatorio, por aplicación del artículo 5º de este reglamento.”
(Res. CD 61/15)

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