La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó en el Boletín Oficial del 13 de enero la Resolución Normativa Nº 069/14 mediante la cual sustituye el párrafo cuarto del artículo 2° de la Resolución Normativa N° 22/13, por el siguiente:
“Cuando el obligado optare por la modalidad de pago al contado, deberá obtener a través de dicha página web e imprimir el formulario R-550G (cuyo modelo integra el Anexo I de la Resolución Normativa N° 91/10), pudiendo abonar en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y demás entidades habilitadas a tal efecto“.
Asimismo establece que el contribuyente podrá optar por la modalidad de pago en hasta seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, prevista en el artículo 321 bis del Código Fiscal – Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias.