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Monotributo – Código de autorización de impresión (CAI)

Se informa a los colegas que, a partir del 1° de noviembre, será obligatorio para los monotributistas contar con un “Código de Autorización de Impresión” (CAI) para encargar facturas en una imprenta. Por otro lado, los nuevos comprobantes, a diferencia de los actuales que son sin fecha de vencimiento, tendrán vigencia solamente por un año.

Los talonarios de facturas que estén ahora en uso serán válidos hasta el final de 2014. En los próximos dos meses deberán hacer el nuevo trámite quienes necesiten imprimir porque ya no les queden más facturas en blanco. Desde enero de 2015, el nuevo mecanismo será exigible para todos. Los comprobantes que queden deberán inutilizarse con la leyenda «Anulado» y ser archivados.

¿Cómo obtener la autorización? Se deberá ingresar a la página web de la AFIP con la clave fiscal. Entre las opciones de servicios interactivos que aparecen en pantalla, habrá que elegir la que diga “Autorización de Impresión de Comprobantes” (a partir de noviembre). Cuando un trámite online no aparece entre los habilitados, el contribuyente puede clikear en “Servicios administrativos clave fiscal” y luego en “Administración de relaciones”. Y desde allí, ir a la solapa que permite elegir y habilitar servicios interactivos.

En primer lugar, los contribuyentes deberán declarar sus “puntos de venta”, según informó la AFIP. Se trata de los lugares en que se entregarán facturas (o el domicilio fiscal, en caso de quienes no tengan locales de atención para sus ventas o prestación de servicios). El espacio para dar esta información estará dentro del ya mencionado servicio “Autorización de impresión de comprobantes”.

Al haber ingresado el contribuyente a este servicio, y según la normativa, entre las opciones que se desplegarán en pantalla estará la llamada “Nueva solicitud de Código de Autorización de Impresión (CAI)”. La AFIP informó que allí se pedirá informar la cantidad de comprobantes que se quieran imprimir, y eventualmente, a qué persona se autoriza para hacer el trámite en la imprenta.

Una vez que el sistema otorga el CAI, el contribuyente deberá imprimir la constancia por duplicado y presentarla en la imprenta, donde deberán verificar online el pedido. Luego se deberá cumplir con el régimen de información de comprobantes recibidos. Este trámite requiere que se le informe a la AFIP de manera online que las facturas están en poder del contribuyente.

En el caso de los monotributistas de categorías altas (a partir de la H), rige la factura electrónica. En esos casos, quienes quieran imprimir comprobantes de respaldo por inconvenientes que pueda tener el sistema, también deberán obtener su CAI y los talonarios impresos tendrán una vigencia de dos años.

Fuente: Diario La Nación – Domingo 26 de octubre

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